El delito fiscal, tipificado en el artículo 305 del Código Penal español, se refiere a la defraudación a la Hacienda Pública mediante la elusión del pago de tributos, retenciones y ingresos a cuenta, o disfrutando indebidamente de devoluciones o beneficios fiscales. Para que se considere delito, debe existir conducta defraudatoria, como la ocultación de ingresos o deducción de gastos ficticios, y que la cuantía defraudada supere los 120.000 euros. El procedimiento legal inicia con una inspección administrativa, y si hay indicios de delito, se emite una propuesta de liquidación diferenciada que puede llevar a acciones judiciales. Las penas varían, con prisión de uno a seis años y multas significativas, aunque pueden reducirse o evitarse mediante la regularización de la deuda antes de ciertos plazos o mediante reconocimiento judicial de los hechos. Para la defensa en casos de delito fiscal, es crucial el asesoramiento experto desde el inicio de las actuaciones administrativas y un análisis cuidadoso de la liquidación y la presunta defraudación.